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Impuestos SRI

Transmisión inmediata de facturas al SRI en 2026: qué cambió y cómo evitar multas

6 de julio de 2026 · 6 min de lectura · Equipo Gestor.work

Desde el 1 de enero de 2026 ya no existe el "colchón" de cuatro días hábiles para enviar tus comprobantes electrónicos al SRI. Si facturas, emites una nota de crédito o generas una retención, el SRI la recibe en el momento. Si tu sistema todavía trabaja en diferido, es momento de revisarlo antes de que te cueste una multa.

Qué dice la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017

El SRI eliminó el plazo de gracia que permitía transmitir un comprobante hasta cuatro días hábiles después de emitido. Con la resolución vigente desde 2026, la transmisión debe ser inmediata: en el instante en que emites la factura, tu sistema debe enviarla al SRI y recibir la autorización (o el error, si algo falla) en la misma transacción.

Esto aplica a todo comprobante electrónico: facturas, notas de crédito y débito, comprobantes de retención y guías de remisión. Ya no hay margen para "facturar ahora y enviar al SRI más tarde".

A quién le aplica

A todos los contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos: sociedades, RIMPE Emprendedores y Negocios Populares que facturan electrónicamente, y en general cualquier negocio que ya factura por este esquema. Si tienes dudas sobre tu obligación, revisa la guía de quiénes están obligados a facturar electrónicamente.

La multa por no transmitir: hasta USD 13.800

No es un aviso menor. El SRI puede sancionar el incumplimiento de transmitir comprobantes electrónicos con multas que llegan hasta USD 13.800, además de los problemas que genera para tu cliente: sin autorización del SRI, el comprobante que entregaste no es válido como respaldo tributario. Si tu sistema se cae, se demora o depende de un proceso manual para "subir" los comprobantes después, estás expuesto cada vez que emites.

Otro cambio que simplifica: ya no se pide autorización previa

Como contraparte, el SRI ya no exige una autorización previa para que un contribuyente empiece a emitir: autoriza de oficio a quienes están obligados. En la práctica esto agiliza el arranque de un negocio nuevo, pero no reduce la exigencia sobre la transmisión: al contrario, como no hay paso previo que "filtre" el arranque, el sistema que uses para facturar tiene que estar preparado para transmitir bien desde el primer comprobante.

Cómo saber si tu sistema actual cumple

Tres preguntas rápidas para hacerle a tu proveedor de facturación:

  • ¿La factura se envía al SRI en el mismo momento en que la emito, o "en lotes" cada cierto tiempo?
  • Si el SRI rechaza o hay un error de conexión, ¿el sistema me avisa de inmediato o me entero días después?
  • ¿Existe algún paso manual —un botón de "sincronizar" o "enviar pendientes"— entre que facturo y que el comprobante queda autorizado?

Si respondiste "en lotes", "días después" o "sí, hay un paso manual", tu operación tiene un riesgo real frente a esta norma.

Por qué Gestor.work ya cumple

En Facturación electrónica SRI de Gestor.work, cada comprobante se firma, se transmite y se autoriza con el SRI en la misma operación de emitir: no hay cola, no hay "enviar pendientes", no hay diferido. Si el SRI devuelve un error, lo ves de inmediato para corregir y reenviar, en vez de descubrirlo días después cuando ya es tarde.

Preguntas frecuentes

¿Esto aplica también al RIMPE? Sí, a todo obligado a emitir comprobantes electrónicos, incluidos los RIMPE Emprendedor que ya facturan de forma electrónica.

¿Qué hago si el SRI rechaza un comprobante en el momento? Corregir y reenviar de inmediato: como la transmisión es instantánea, el error también aparece al instante, antes de entregarle nada al cliente.

¿La multa aplica por comprobante o por evento? El incumplimiento se sanciona caso por caso, así que un sistema que falla de forma recurrente multiplica el riesgo mucho más rápido que uno que transmite bien desde el inicio.

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